Salta 17 de septiembre de 2026.-
COMUNICADO DE PRENSA
MOVILIZACIÓN Y CONFERENCIA DE PRENSA EN LA CIUDAD JUDICIAL
¿QUÉ LE INFORMÓ LA MUNICIPALIDAD A LA CORTE Y QUÉ RECONOCE HOY EL PROPIO MUNICIPIO?
TAXISTAS DE SALTA EXPONEN UNA GRAVE CONTRADICCIÓN DOCUMENTAL Y EXIGEN SENTENCIA
Los trabajadores taxistas del transporte formal de Salta, firmantes de la Acción Popular de Inconstitucionalidad expediente N° 920019/25, contra la Ordenanza Nº 16.377, convocamos a todos los compañeros del sector, medios de comunicación y a la comunidad en general a la movilización y conferencia de prensa que realizaremos en las escalinatas de la Ciudad Judicial.
Día: martes 22 de septiembre de 2026. Hora: 10 de la mañana. Lugar: Puerta de ingreso – Ciudad Judicial de Salta.
EL MOTIVO DE NUESTRO RECLAMO
Los plazos legales de 60 días hábiles que tenía la Corte de Justicia para dictar sentencia vencieron en agosto.
Luego de presentar un pedido de Pronto Despacho, se nos comunicó que debemos continuar esperando, entendemos porque recibimos información no documentada que la Corte está produciendo los autos de sentencia.
Mientras tanto, miles de trabajadores del transporte formal continúan soportando una situación que consideramos profundamente injusta: nosotros debemos cumplir un régimen de habilitación, controles, obligaciones e impuestos, mientras se desarrolla una actividad mediante plataformas digitales cuya situación jurídica y administrativa es precisamente uno de los puntos centrales de nuestra presentación.
LA CONTRADICCIÓN DOCUMENTAL QUE QUEREMOS PONER SOBRE LA MESA.
Durante la conferencia de prensa exhibiremos documentación, especialmente, un documento oficial de la propia Municipalidad de la Ciudad de Salta.
En sus escritos ante la Corte, la Municipalidad sostiene la constitucionalidad de la Ordenanza Nº 16.377 y afirma que la actividad de las plataformas se encuentra regulada, sometida a una autoridad de contralor y a mecanismos de control y fiscalización. En sus alegatos incluso sostiene que la ordenanza busca ordenar una actividad que ya se encontraba funcionando en la ciudad.
Y la ordenanza, efectivamente, establece que para obtener la habilitación municipal y operar, las plataformas deben cumplir los requisitos del artículo 7.
Pero existe un documento municipal posterior ( a un año y casi 3 meses de haberse promulgado la ordenanza 16.377) que plantea una situación concreta muy diferente.
La Dirección Municipal de Tránsito informa oficialmente que:
“A la fecha, ninguna plataforma ha cumplido con el proceso formal de registro y habilitación ante esta Secretaría de Tránsito”.
El mismo documento señala que existen empresas activas en la ciudad que fueron intimadas para que presenten la documentación exigida y regularicen su situación.
También informa que 897 personas habían presentado documentación y sido registradas preliminarmente como conductores, aclarando expresamente que ese registro era de carácter preparatorio, destinado a agilizar la habilitación final una vez que las plataformas cumplieran con su obligación de registro e informaran sus respectivos listados de conductores.
Nos preguntamos, ¿si ese listado de 897 conductores inscriptos, están habilitados?, entendemos que si esas empresas extranjeras no están habilitadas como pueden circular y prestar un servicio ilegal?
UNA PREGUNTA QUE LA CORTE DEBE RESPONDER
Si la propia Municipalidad reconoce oficialmente que, a esa fecha, ninguna plataforma había completado el proceso formal de registro y habilitación, corresponde preguntar:
¿Cuál era, entonces, el verdadero estado de cumplimiento de la Ordenanza Nº 16.377 alegada por los abogados municipales y el mismo procurador de la provincia en su dictamen?
¿Qué controles efectivos se estaban aplicando?
¿Y fue puesta esta información en conocimiento de la Corte al momento de defender la constitucionalidad de la norma?
No venimos a pedir privilegios.
Venimos a pedir que la sentencia se dicte con todos los hechos y documentos sobre la mesa.
Los taxistas salteños cumplimos las normas, pagamos nuestros impuestos y sostenemos nuestras familias con nuestro trabajo.
Por eso exigimos una respuesta de la Justicia.
¡BASTA DE ESPERA!
¡EXIGIMOS QUE LA CORTE DICTE SENTENCIA!
¡QUEREMOS LA VERDAD SOBRE LA MESA!
Convocan: Taxistas Firmantes de la Acción Popular de Inconstitucionalidad expediente N° 920019/25 presentada ante la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Salta-Argentina
Contacto para entrevistas y adhesiones +54 9 387 509-1530 (Gerardo Vaso). +54 9 387 415-6223 (Ramón Torres). +54 9 387 538-8281 (Emanuel Cruz) y +387 533-0607 (Fernando Mamani).
